Proponen tope de aumento al predial en Edomex para 2026

Para evitar incrementos desproporcionados, la iniciativa de Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México plantea 20 por ciento como tope de incremento al impuesto predial, siempre y cuando no se hayan hecho modificaciones por nuevas construcciones o adquisición de más terreno, ni se haya modificado la tipología de la zona.

En la propuesta que analiza el Congreso local se mantienen las bonificaciones y subsidios en predial y agua a quienes paguen de manera adelantada todo el año, sean contribuyentes cumplidos en los dos pasados ejercicios.

También se otorgarán subsidios a quienes lleven a cabo acciones en favor del medio ambiente de hasta 10 por ciento en el predial cuando hagan manejo de residuos sólidos urbanos y hasta 50 por ciento por el uso de energía fotovoltaica, con el fin de cuidar el medio ambiente y fortalecer las haciendas públicas municipales, garantizando suficiencia recaudatoria y sostenibilidad a largo plazo.

Entre los beneficios que se considera está conservar los estímulos fiscales dirigidos a las personas pensionadas o jubiladas, en situación de discapacidad, orfandad y viudez o vulnerabilidad económica, así como a madres y padres solteros, sin ingresos fijos, sin que esto se constituya como un privilegio sino como un instrumento de equidad tributaria y justicia social.

Se preservan los incentivos destinados a fomentar la inversión local y la creación de empleos a través de bonificaciones fiscales en predial y otros rubros municipales, promoviendo que las empresas inicien operaciones en la entidad y contribuyan al desarrollo económico regional.

Se mantienen estímulos para proteger el medio ambiente y el uso de energías limpias a partir de la instalación de sistemas fotovoltaicos o manejo integral de residuos sólidos urbanos.

En específico para el pago anual anticipado de predial se propone conservar la bonificación de 8, 6 y 4 por ciento durante los meses de enero, febrero y marzo, respectivamente, cuando se realiza el pago en una sola exhibición. Y estímulos de 8, 6 y 2 por ciento por puntual cumplimiento en el pago de los dos últimos años.

En el pago de derechos de agua potable, drenaje, alcantarillado y recepción de caudales de aguas residuales para su tratamiento, se mantiene la bonificación por pago anual anticipado de 8, 6 y 4 por ciento para los tres primeros meses y la bonificación adicional por cumplimiento puntual los últimos dos años de 4 y 2 por ciento, en enero y febrero.

Previo acuerdo de cabildo se puede otorgar un descuento de hasta 34 por ciento en el impuesto predial a personas pensionadas o jubiladas, en situación de orfandad, menores de 18 años, en situación de discapacidad, adultas mayores, viudas, madres o padres solteros sin ingresos fijos y personas físicas cuya percepción diaria nos rebase los dos salarios mínimos, así como personas liberadas con motivo de amnistía estatal.

En el caso del agua se considera el mismo porcentaje y grupos, pero agrega a las personas en situación de orfandad, en estado de gestión y, o lactancia, personas con estado civil soltero que acredite entender dependientes económicos, prestadoras de servicio de asistencia social, madres jefas de familias sin ingresos fijos y en ambos casos sólo aplica para el inmueble donde residen.

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