“Actores deben impugnar en tiempo y forma designaciones partidistas”: Fernández Domínguez

Respeto y acato a la norma demandó la magistrada de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Marcela Elena Fernández Domínguez, esto en lo que se refiere a los tiempos y plazos para impugnar o controvertir las decisiones que se toman dentro de los diferentes partidos políticos, pues no se puede justificar la inacción por periodos largos ante el argumento de que no se tuvo conocimiento de un evento notorio y trascendental para la vida política de los institutos a los que se afilian o simpatizan.

Esto tras resolver el Juicio de la Ciudadanía (JDC) bajo expediente ST-JDC-70/2023, el cual promovió la militante del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en Hidalgo Mariela Escamilla Cortes, en contra de la determinación del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo en el TEEH-JDC-026/2023, que entre otras cuestiones, revocó la resolución del Órgano de Justicia Intrapartidista del sol azteca, en el expediente QO/HGO/57/2022 y acumulado, y en plenitud de jurisdicción decretó el sobreseimiento del procedimiento contencioso, relacionado con el nombramiento del presidente de la Dirección Estatal Ejecutiva (DEE) del partido, en ese momento Francisco López Sánchez; confirmando la resolución del órgano jurisdiccional local.

“Las designaciones en la dirigencia de los partidos políticos son actos positivos, por lo cual a partir de ese momento de designación se cuenta cada plazo que se tiene para impugnar de acuerdo a la normativa partidita e instancias ulteriores; estos casos que después de más de un año se pretende combatir esto, es importante recordar y resaltar que es criterio de la Sala Regional Toluca que las elecciones partidistas y actos que se llevan a cabo al interior del partido son hechos notorios para su militancia, no se pude sostener que cada quien señala un día específico al que aducen tener conocimiento para acoger la pretensión dela impugnación de este tipo de demanda, esto sin lugar a duda atentaría contra la certeza y seguridad jurídica para institutos políticos y actos que tienen que ver con la propia dirigencia y vida interna de los partidos políticos”, manifestó.

Por lo que respecta a la sentencia emitida en el ST-JDC-70/2023, se confirmó la determinación del TEEH en ratificar el nombramiento de Francisco López en la presidencia del PRD en Hidalgo, emitida el pasado 13 de abril, aunque poco más de un mes después, el 24 de mayo, el mismo López Sánchez se separó del cargo en el sol azteca, por lo cual la demanda perdió la pretensión original que era remover a este perfil de la dirigencia del partido político.

Finalmente, Fernández Domínguez lamentó el actuar de la militante al interponer este tipo de recursos, pues no cumplen con los plazos y tiempos establecidos en la Ley, “se vuelve a tener este tipo de situaciones, pretende impugnar con mucha posterioridad sobre un acto que sin lugar a duda era de su conocimiento”.

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